Los feriados en Argentina para 2026 ofrecen momentos ideales para el descanso, el turismo y la reflexión. A continuación, te mostramos el calendario completo de ese año.
Feriados inamovibles 2026
- 1 de enero (jueves): Año Nuevo
- 16 y 17 de febrero (lunes y martes): Carnaval
- 24 de marzo (martes): Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
- 2 de abril (jueves): Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
- 3 de abril (viernes): Viernes Santo
- 1 de mayo (viernes): Día del Trabajador
- 25 de mayo (lunes): Día de la Revolución de Mayo
- 20 de junio (sábado): Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
- 9 de julio (jueves): Día de la Independencia
- 8 de diciembre (martes): Día de la Inmaculada Concepción de María
- 25 de diciembre (viernes): Navidad
Feriados trasladables
Los feriados trasladables son fechas que pueden cambiarse para generar fines de semana largos y fomentar el turismo. Si caen en martes o miércoles, pueden trasladarse al lunes anterior, y si caen jueves o viernes, al lunes siguiente.
- 17 de junio (miércoles): posible traslado (al lunes 15 de junio) del Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes
- 17 de agosto (lunes): Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
- 12 de octubre (lunes): Día del Respeto a la Diversidad Cultural
- 20 de noviembre (viernes) aún por confirmar si se traslada al lunes 23 de noviembre el Día de la Soberanía Nacional
Días no laborables con fines turísticos
Los días no laborables con fines turísticos son jornadas establecidas por el Gobierno nacional para fomentar el turismo interno, ya que permiten crear fines de semana largos al combinarse con feriados nacionales.
En 2026, los días no laborables con fines turísticos en Argentina son:
- Lunes 23 de marzo: puente turístico previo al feriado del Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (24 de marzo).
- Viernes 10 de julio: puente turístico posterior al Día de la Independencia (9 de julio).
- Lunes 7 de diciembre: puente turístico previo al feriado de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre).
Estos días no son feriados obligatorios, por lo que su aplicación en el sector privado queda a criterio del empleador, mientras que en el sector público suelen otorgarse como jornada no laborable.
Ver también: Calendario escolar (Argentina)